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En GENERALI ponemos a tu disposición un seguro para embarcaciones que se adapta totalmente a tus necesidades. Navega tranquilo con la flexibilidad que te ofrece la estructura multirriesgo del seguro Náutico de GENERALI . Quedarás cubierto frente a la pérdida total, abandono, averías, robo, accidentes y responsabilidad civil.
Además, GENERALI es la primera y única compañía en ofrecer un seguro para embarcaciones a todo riesgo. Así, la embarcación asegurada queda cubierta frente a todos los riesgos de pérdida total, pérdida total constructiva, gastos de salvamento o daños parciales que pueda sufrir la embarcación asegurada, sus componentes y equipos, incluyendo maquinaria y embarcaciones auxiliares por cualquier causa externa.
Garantía Básica de Responsabilidad Civil
Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria
Cubre la Responsabilidad Civil extracontractual en que puedan incurrir los propietarios de embarcaciones de recreo o deportivas, las personas que debidamente autorizadas por el propietario patroneen las mismas, así como aquellas otras que les secunden en su gobierno, y los esquiadores que pueda arrastrar la embarcación, por los daños materiales y personales y por los perjuicios consecutivos que, mediando culpa o negligencia, causen a terceros, a puertos o instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de las embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en el mar.
Con las siguientes opciones complementarias:
Responsabilidad Civil Voluntaria
Permite la contratación de límites superiores al mínimo exigido por Ley. Además, también queda cubierta la responsabilidad civil de la embarcación durante su permanencia en tierra firme y toda operación de puesta a flote, remoción o destrucción de los restos de la embarcación asegurada.
Salvamento y Asistencia Marítima
Pérdida Total + Abandono
Todo Riesgo
Efectos Personales
Accidentes Personales
Defensa Jurídica
Asistencia en viaje
Se incluyen una serie de prestaciones médicas y técnicas entre las que se incluyen:
Guerra y Huelgas
Sí, la cobertura se rige de acuerdo a los límites, términos y condiciones establecidos en el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas y de acuerdo a lo regulado en la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su artículo 78.
Sí, ya que se entiende como gasto de salvamento el coste razonable de las operaciones de remolque de la embarcación que ha sufrido el siniestro.
El seguro GENERALI Náutico permite cubrir las embarcaciones matriculadas en las listas 6ª o 7ª y, por lo tanto, incluye las destinadas a chárter (alquiler) con o sin tripulación
CONTACTO
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Canal 16 VHF
Seguridad de Salvamento y Seguridad Marítima
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